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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Modifica el estatuto orgánico del servicio de impuesto internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3489 / 9083268.

Texto oficial

Artículo 12.o- Substitúyese la letra g) del artículo 32 del decreto supremo N.o 2, Estatuto Orgánico del Servicio, por la siguiente: "g) Inspector: Título de Ingeniero Comercial, Contador Auditor, Contador Universitario, Contador inscrito en el Colegio de Contadores de Chile, o el otorgado por Escuelas Universitarias de Ciencias Políticas y Administrativas en la rama de Administración Financiera del Estado";