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Artículo 27 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Aprueba estatuto orgánico universidad tecnica del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3493 / 9083303.

Texto oficial

Artículo 27.o- Los Claustros de las demás estructuras de la Universidad se expresarán a través de elecciones, consultas plebiscitarias, congresos o sesiones plenarias. Los Congresos de estos Claustros podrán ser convocados ordinariamente en el período preparatorio al Congreso del Claustro Nacional ordinario, o extraordinariamente con acuerdo del Consejo Superior o por acuerdo de éste.