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Artículo 54 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Aprueba estatuto orgánico universidad tecnica del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3493 / 9083330.

Texto oficial

TITULO V {Arts. 54-55} SERVICIOS ACADEMICOS, TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS Artículo 54°- Habrá en la Universidad servicios académicos, técnicos y administrativos destinados a asesorar y colaborar con el Consejo Superior en su función de coordinar y correlacionar el trabajo universitario. Estos servicios tendrán la denominación de Secretarías Nacionales. Entre estos servicios existirá una Secretaría Nacional Académica, encargada de la coordinación y asesoramiento del quehacer académico de la Universidad. El Secretario Nacional Académico y los demás Secretarios Nacionales serán designados por el Consejo Superior a propuesta del Rector.