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Artículo 55 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Aprueba estatuto orgánico universidad tecnica del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3493 / 9083331.

Texto oficial

Artículo 55°- Los servicios académicos, técnicos y administrativos que conforman nacionalmente la Universidad, en sus diversas estructuras, serán los que el Consejo Superior determine, en virtud de la facultad establecida en el N° 4 del artículo 38° de la presente ley.