Texto oficial
Artículo 4°.- Para la incorporación de funcionarios a la Planta se observará lo dispuesto en la letra d) del artículo 40° de la ley N° 17.654.
Modifica planta de servicios menores de la superintendencia de seguridad social
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3496 / 7113621.