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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija la planta de personal del servicio de salud del ambiente de la region metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3507 / 7113641.

Texto oficial

Artículo 2°.- La dotación máxima del Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana no podrá exceder de 155 plazas, incluyendo funcionarios a contrata y personas contratadas sobre la base de honorarios.