Texto oficial
Artículo 17°.- Se requiere el voto afirmativo de los
dos tercios de los miembros en ejercicio en los siguientes
casos:
a) Designación de las personas que deban integrar la
terna propuesta al Presidente de la República para el
nombramiento del Rector.
b) Proponer al Presidente de la República la remoción
del Rector.
c) Aprobar la remoción del Contralor de la Universidad.