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Artículo 22 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Estatuto de la universidad de playa ancha de ciencias de la educacion

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3514 / 9032055.

Texto oficial

TITULO V (Arts. 22-27) Del Consejo Académico Artículo 22°.- El Consejo Académico es un organismo consultivo del Rector y a través de él, de la Junta Directiva en todas las materias relacionadas con el funcionamiento integral de la Universidad que se sometan a su conocimiento.