Texto oficial
Artículo 62°.- La autonomía y libertad académicas
que corresponde a la Universidad de Playa Ancha de Ciencias
de la Educación, no autoriza para amparar ni fomentar
acciones o conductas incompatibles con el orden jurídico,
ni para permitir actividades orientadas a propagar, directa
o indirectamente, tendencia político partidista alguna,
todo lo cual, por el contrario, queda expresamente
prohibido.
Los recintos y lugares que ocupe la Universidad de Playa
Ancha de Ciencias de la Educación en la realización de sus
funciones no podrán ser destinados ni utilizados para actos
tendientes a propagar o ejecutar actividades perturbadoras
para las labores universitarias.