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Artículo 2 del Código Civil de la Ley de Matrimonio Civil de la Ley sobre Registro Civil, de la Ley N° 7

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil de la ley de matrimonio civil de la ley sobre registro civil, de la ley n° 7.613, que establece disposiciones sobre adopcion, de la ley n° 18.703, que dicta normas sobre adopcion de menores y deroga la ley n° 16.346, y de la ley n° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3551 / 8899396.

Texto oficial

Art�culo 2° : Fíjase el siguiente texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Matrimonio Civil. NOTA El Art. final de la LEY 19947, publicada el 17.05.2004, establece que seis meses después de su publicación quedará derogada la actual Ley de Matrimonio Civil.