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Artículo 13 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Establece normas sobre liquidacion de la indemnizacion por la expropiacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3557 / 7113737.

Texto oficial

Artículo 13.- Aquellos créditos de terceros interesados que, conforme a las disposiciones del presente decreto deben verificarse en este procedimiento, se extinguirán si no se hacen valer oportunamente.