Saltar al contenido

Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Nuevo d.f.l. organico, linea aerea nacional - chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3560 · idParte: 5858859

Texto oficial

Artículo 16°.- Derógase el artículo 8° de la ley número 15.334, el D.F.L. 305, de 1960 y sus modificaciones, y toda otra disposición que afecte exclusivamente a Línea Aérea Nacional-Chile, contrarias a las disposiciones del presente D.F.L.