Texto oficial
Artículo 1°- Las normas del presente reglamento se
aplicarán a las mercancías y personas que lleguen o salgan
del país en cualquier medio de transporte de carga o
pasajeros y a las personas que se movilicen por sus propios
medios.
Aprueba reglamento de operaciones aduaneras
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3565 / 8253037.