Texto oficial
Artículo 4°- Todo vehículo deberá presentar,
además, en cada lugar en que haga escala, los siguientes
documentos:
1.- Manifiesto de carga de la mercancía consignada
hacia o desde dicho lugar.
2.- Guía de Correos con los efectos postales que hayan
de ser entregados o recibidos del Servicio de Correos.
3.- Lista de Pasajeros y Tripulantes que hayan de
desembarcar, embarcar o permanecer en tránsito en dichos
lugares.