Texto oficial
Artículo 5°.- Durante el período de administración
transitoria de la comuna de San Rafael por la Municipalidad
de Pelarco, el Alcalde reunirá los antecedentes necesarios
para establecer los derechos y obligaciones que
corresponderán a la Municipalidad de San Rafael, entre
otros, los relativos a bienes muebles e inmuebles, contratos
y convenios existentes, ingresos, servicios que deben
prestarse a la comunidad, y la información que se requiere
para ello, especialmente lo referente a beneficiarios de
subsidios y a la situación socioeconómica de los
habitantes de la comuna de San Rafael.