Texto oficial
Artículo 155.o Créase una Comisión de Tarifas cuya finalidad será la de intervenir, en la forma prescrita por la presente ley, en la fijación del capital inmovilizado y de los pliegos de tarifas de las empresas eléctricas de servicio público.
Esta Comisión, en su calidad de organismo público, someterá sus resoluciones a la Contraloría General de la República.