Texto oficial
Artículo 2°- Derógase lo establecido por la
disposición que a continuación se señala, en lo referente
a las autorizaciones, visados, certificaciones o trámites,
exigidos en forma previa a la importación de determinadas
mercancías:
Ley N° 17.203, de 1969, artículo 7°, inciso primero.