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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Modifica disposiciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3616 · idParte: 9032244

Texto oficial

Artículo 2°- Derógase lo establecido por la disposición que a continuación se señala, en lo referente a las autorizaciones, visados, certificaciones o trámites, exigidos en forma previa a la importación de determinadas mercancías: Ley N° 17.203, de 1969, artículo 7°, inciso primero.