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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Modifica y deroga parcialmente d.f.l. n° 144 de 1982, y dispone transferencias que indica a la empresa de correos de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3632 / 7114209.

Texto oficial

Artículo 7°: En los casos que los inmuebles individualizados en el presente decreto con fuerza de ley y en el N° 144 de 3 de agosto de 1982, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se encuentren inscritos en mayor cabida a favor del Fisco, se acompañará a la solicitud de inscripción o anotación una copia del plano del inmueble transferido, autorizada por el respectivo Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales, para su archivo ante el Conservador de Bienes Raíces correspondiente.