Saltar al contenido

Artículo 31 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Estatuto orgánico del servicio de tesorerias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3654 / 9071427.

Texto oficial

ARTICULO 31°.- Para ingresar a la Planta Directiva, Profesional y Técnica del Servicio se requerirá haber sido aprobado en el curso de capacitación para Tesorero Comunal de la Escuela de Capacitación, haberse desempeñado a lo menos durante cinco años en la Planta Administrativa y encontrarse en lugar preferente para el ascenso, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 del DFL. N° 338, de 1960. Esta disposición no se aplicará respecto de la designación de Tesorero General.