Texto oficial
ARTICULO 32°.- Para optar los cargos de la Planta
Administrativa se requerirá acreditar que está en
posesión de la Licencia Secundaria o de estudios
equivalentes calificados por el Ministerio de Educación
Pública, y rendir una prueba de eficiencia.
Estas exigencias no serán aplicables a los ex
funcionarios del Servicio que sean reincorporados a esta
repartición, siempre que al 18 de Diciembre de 1962
hubiesen desempeñado por más de tres años el cargo de
Tesorero Provincial; hayan sido calificados en lista uno de
mérito, durante sus tres últimos años de servicios, y
reúnan los demás requisitos que al afecto exige el
Estatuto Administrativo.