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Artículo 33 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Estatuto orgánico del servicio de tesorerias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3654 / 9071429.

Texto oficial

ARTICULO 33°.- Los postulantes que acrediten títulos de Abogado, Ingeniero o Contador inscrito en el Colegio de Contadores, quedarán exentos de la exigencia contemplada en el artículo 31° para optar a los cargos que requieran dichos conocimientos profesionales. Asimismo, se eximirá de esas exigencias o de las contempladas en el artículo 32°, según el caso, a los oponentes a un cargo de las plantas de Máquinas de Contabilidad y Estadística. Para ingresar a estas plantas se requerirá acreditar debidamente que se cuenta con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño de los respectivos cargos.