Texto oficial
Artículo 13° El reglamento del presente decreto con
fuerza de ley se dictará en el plazo de 90 días a contar
de la fecha de su publicación, que deberá ser firmado,
además, por el Ministro de Hacienda.
Modifica el decreto con fuerza de ley 1. de 1968
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3657 / 9083373.