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Artículo 13 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Modifica el decreto con fuerza de ley 1. de 1968

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3657 / 9083373.

Texto oficial

Artículo 13° El reglamento del presente decreto con fuerza de ley se dictará en el plazo de 90 días a contar de la fecha de su publicación, que deberá ser firmado, además, por el Ministro de Hacienda.