Texto oficial
ARTICULO 35° Al Servicio Nacional de Pesca le será
aplicable el decreto ley 1.263, de 1975.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley 34, de 1931, que legisla sobre la industria pesquera y sus derivados
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3676 / 8702359.