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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley n° 2, de 1989, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3695 / 9032331.

Texto oficial

-Art. 16° D.L. 3.476 Artículo 20°.- Los -Art. 19 DFL. 2/89 establecimientos educacionales deberán otorgar comprobantes de pago por los ingresos que perciban y llevar los libros que exija el reglamento.