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Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley n° 2, de 1989, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3695 / 9032340.

Texto oficial

-Art. 46 letra o) Artículo 29°.- Los ley número 18.768 establecimientos educacionales -Art. 42° Inc. deberán poner en conocimiento Final del D.L. por escrito a los apoderados, N° 3.476 antes del 30 de octubre de -Art. 36 DFL N° cada año, el monto de los 2/89 cobros mensuales que deberán pagar por los alumnos en el año siguiente. En dicha comunicación deberá expresarse la alternativa que tiene el alumno de optar a algún establecimiento educacional gratuito de la comuna.