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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Nueva estructuracion de los servicios de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3701 / 8466553.

Texto oficial

Art. 3.° Refúndense en un solo servicio dependiente del Ministerio del Interior, que se denominará "Dirección General de Informaciones y Cultura", las siguientes reparticiones: a) Departamento de Municipalidades, del Ministerio del Interior; b) Dirección Superior del Teatro Nacional, del Ministerio del Interior; c) Servicio de Turismo, del Ministerio de Fomento; d) Departamento de Extensión Cultural, dependiente del Ministerio del Trabajo; e) Consejo de Censura Cinematográfica, del Ministerio de Educación Pública; f) La Administración del Cerro San Cristóbal, dependiente del Ministerio del Interior, y el Jardín Zoológico, dependiente del Ministerio de Fomento, que formarán una sola repartición cuya administración se hará por medio de una Junta de Vigilancia, con intervención del Ministerio de Obras Públicas y Vías de Comunicación; y g) Los diversos organismos que constituyen la repartición denominada "Defensa de la Raza y Aprovechamiento de las Horas Libres", creada por el decreto N° 4,157, de 18 de agosto de 1930; sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39, letra c), del presente decreto.