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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Nueva estructuracion de los servicios de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3701 / 8466556.

Texto oficial

Art. 5.° Refúndense en un solo Servicio dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores que se denominará "Servicio Exterior", el Servicio Diplomático y el Servicio Consular cuyos financiamientos consultan los ítem 05/01/01 a 05/04/02 del Presupuesto de la Nación, conforme a las leyes N°s 5,051, de 17 de febrero de 1932, y 5,574, de 18 de enero de 1935.