Texto oficial
Art. 6.° Los servicios dependientes de Ministerio de
Economía y Comercio serán los siguientes:
1) Subsecretaría y Administración General;
2) Departamento de Transporte y Navegación;
3) Departamento de Industrias Fabriles;
4) Departamento de Minas y Petróleo;
5) Dirección General de Pesca y Caza;
6) Dirección General de Estadística;
7) Comisariato General de Subsistencias y Precios;
8) Servicio de Control de Exportación;
9) Dirección de Abastecimiento de Petróleo;
10) Comisión de Licencias de Importación;
11) Junta de Normalización del Comercio Interno;
12) Junta Nacional de Abastecimientos; y
13) Servicio de Lavaderos de Oro.