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Artículo 37 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Nueva estructuracion de los servicios de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3701 · idParte: 8466599

Texto oficial

Art. 37. Las disposiciones del presente decreto no alteran el orden de precedencia establecido por la Ley General de Ministerios y las leyes complementarias.