Saltar al contenido

Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Modifica las plantas permanentes de la direccion de registro electoral

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3705 / 8253289.

Texto oficial

Artículo 5°.- Los requisitos de un tiempo determinado para el desempeño de su cargo o la posesión de un título requerido por el DFL. N° 338 de 1960 u otras leyes para cargos directivos, no serán exigibles para el personal administrativo que pase a la Planta Profesional y Técnica, como consecuencia de aplicar este decreto con fuerza de ley. Tampoco se aplicará, para estos efectos lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 14° del DFL. N° 338 de 1960.