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Artículo PRIMERO del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Crea la universidad de valparaiso

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3711 / 7114468.

Texto oficial

Artículo primero.- La sede Valparaíso de la Universidad de Chile constituirá, a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, una institución de educación superior independiente, autónoma, con personalidad jurídica propia que se denominará "Universidad de Valparaíso". Su representante legal será el Rector.