Texto oficial
Artículo 1.- Establécense los siguientes requisitos
generales y específicos para el ingreso y promoción en las
plantas que se indican del Servicio de Impuestos Internos:
1.- PLANTA DE DIRECTIVOS: Grados 1 al 8: Haber estado
desempeñando, a la fecha Art. 4° de publicación de la ley
N° 19.041, cargos de exclusiva confianza en el Servicio de
Impuestos Internos o estar al menos en posesión de la
licencia de Educación Media o estudios equivalentes.
Grado 9, alternativamente:
a) Estar en posesión del título profesional
universitario de ingeniero civil, ingeniero comercial,
ingeniero forestal, ingeniero agrónomo, contador auditor,
administrador público, arquitecto o contructor civil; o
b) Haber estado ocupando un cargo en calidad de titular
en la Planta de Fiscalizadores del Servicio de Impuestos
Internos a la fecha de publicación de la ley N° 19.041, y
estar en posesión del título de contador general.
Mientras no se dicte el estatuto de carácter especial a
que se refiere el artículo 156 de la ley N° 18.834, estos
cargos deberán proveerse con funcionarios de la Planta de
Fiscalizadores, previo concurso interno.
2.- PLANTA DE PROFESIONALES: Estar en posesión de los
títulos profesionales universitarios que se indican para
cada grado:
Grado 5:
3 cargos deberán ser ejercidos por abogados o
ingenieros comerciales, y
3 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática.
Grado 6:
7 cargos deberán ser ejercidos por abogados o
ingenieros comerciales, y
5 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática.
Grado 7:
7 cargos deberán ser ejercidos por abogados o
ingenieros comerciales, y
4 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática.
Grado 8:
10 cargos deberán ser ejercidos por agobados o
ingenieros comerciales, y
4 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática.
Grado 9:
8 cargos deberán ser ejercidos por abogados o
ingenieros comerciales;
3 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática, y
2 cargos deberán ser ejercidos, indistintamente, por
abogados, ingenieros comerciales, ingenieros civiles o
ingenieros de ejecución en el área de informática,
contadores auditores, administradores públicos, ingenieros
forestales, ingenieros agrónomos, arquitectos o
constructores civiles.
Grado 10:
10 cargos deberán ser ejercidos por abogados o
ingenieros comerciales;
5 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática, y
2 cargos deberán ser ejercidos, indistintamente, por
abogados, ingenieros comerciales, ingenieros civiles o
ingenieros de ejecución en el área de informática,
contadores auditores, administradores públicos, ingenieros
forestales, ingenieros agrónomos, arquitectos o
constructores civiles.
Grado 11:
6 cargos deberán ser ejercidos por abogados o
ingenieros comerciales;
4 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática, y
3 cargos deberán ser ejercidos, indistintamente, por
abogados, ingenieros comerciales, ingenieros civiles o
ingenieros de ejecución en el área de informática,
contadores auditores, administradores públicos, ingenieros
forestales, ingenieros agrónomos, arquitectos,
constructores civiles o asistentes sociales.
Grado 12:
10 cargos deberán ser ejercidos por abogados o
ingenieros comerciales;
4 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática, y
2 cargos deberán ser ejercidos, indistintamente, por
abogados, ingenieros comerciales, ingenieros civiles o
ingenieros de ejecución en el área de informática,
contadores auditores, administradores públicos, ingenieros
forestales, ingenieros agrónomos, arquitectos,
constructores civiles o asistentes sociales.
Grado 13:
4 cargos deberán ser ejercidos por abogados o
ingenieros comerciales;
3 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática, y
5 cargos deberán ser ejercidos, indistintamente, por
abogados, ingenieros comerciales, ingenieros civiles o
ingenieros de ejecución en el área de informática,
contadores auditores, administradores públicos, ingenieros
forestales, ingenieros agrónomos, arquitectos,
constructores civiles, asistentes sociales, bibliotecarios o
educadoras de párvulos.
Grado 14:
3 cargos deberán ser ejercidos por abogados o
ingenieros comerciales;
3 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática, y
12 cargos deberán ser ejercidos, indistintamente, por
abogados, ingenieros comerciales, ingenieros civiles o
ingenieros de ejecución en el área de informática,
contadores auditores, administradores públicos, ingenieros
forestales, ingenieros agrónomos, arquitectos,
constructores civiles, asistentes sociales, bibliotecarios o
educadoras de párvulos.
Grado 15:
1 cargo deberá ser ejercido por abogados o ingenieros
comerciales;
1 cargos por ingenieros civiles o ingenieros de
ejecución en el área de informática, y
6 cargos deberán ser ejercidos, indistintamente, por
abogados, ingenieros comerciales, ingenieros civiles o
ingenieros de ejecución en el área de informática,
contadores auditores, administradores públicos, ingenieros
forestales, ingenieros agrónomos, arquitectos,
constructores civiles, asistentes sociales, bibliotecarios o
educadoras de párvulos.
Grado 16:
8 cargos deberán ser ejercidos, indistintamente, por
abogados, ingenieros comerciales, ingenieros civiles o
ingenieros de ejecución en el área de informática,
contadores auditores, administradores públicos, ingenieros
forestales, ingenieros agrónomos, arquitectos,
constructores civiles, asistentes sociales, bibliotecarios o
educadoras de párvulos.
Grado 17:
2 cargos deberán ser ejercidos, indistintamente, por
abogados, ingenieros comerciales, ingenieros civiles o
ingenieros de ejecución en el área de informática,
contadores auditores, administradores públicos, ingenieros
forestales, ingenieros agrónomos, arquitectos,
constructores civiles, asistentes sociales, bibliotecarios o
educadoras de párvulos.
3.- PLANTA DE FISCALIZADORES: Alternativamente:
a) Estar en posesión del título profesional
universitario de ingeniero civil, ingeniero comercial,
ingeniero forestal, ingeniero agrónomo, contador auditor,
administrador público, arquitecto o constructor civil.
b) Estar en posesión del título de contador general y
estar ocupando, a la fecha de publicación de la Ley 19.041,
un cargo de fiscalizador en calidad de titular en el
Servicio de Impuestos Internos. En todo caso los Contadores
Generales para acceder a cargos ubicados en el grado 10 de
esta planta requerirán, además haber aprobado un curso de
capacitación en materia de fiscalización impartido por el
Servicio de Impuestos Internos, de un mínimo de 40 horas.
4.- PLANTA DE ADMINISTRATIVOS: Estar en posesión de la
Licencia de Educación Media o de Estudios equivalentes.
5.- PLANTA DE AUXILIARES: Haber aprobado la Educación
Básica.