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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 7

Aprueba el estatuto orgánico del instituto de seguros del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3741 / 8461270.

Texto oficial

ARTICULO 1° El Instituto de Seguros del Estado en conformidad con lo dispuesto en el artículo 15° de la ley 17.308, publicada en el Diario Oficial de 1° de julio de 1970, es una empresa aseguradora autónoma del Estado, con personalidad jurídica de derecho público, con patrimonio propio, y se regirá por las disposiciones de la citada ley y por las del presente decreto con fuerza de ley.