Texto oficial
ARTICULO 15° El quórum para sesionar será a lo menos
de cinco miembros y los acuerdos se tomarán por simple
mayoría. En caso de empate decidirá quien presida.
Aprueba el estatuto orgánico del instituto de seguros del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3741 / 8461288.