Texto oficial
ARTICULO 14° El Consejo tendrá las siguientes
facultades:
1.- Asesorar al Vicepresidente Ejecutivo en los asuntos
o materias en que le solicite su intervención.
2.- Aceptar o rechazar las proposiciones que le haga el
Vicepresidente Ejecutivo en todos los actos o contratos que
excedan de 20 unidades tributarias anuales, o cuando se
trate de enajenar los bienes raíces.
3.- Aprobar o rechazar la planta de cargos y
remuneraciones del personal que haya propuesto el
Vicepresidente Ejecutivo dentro del plazo de quince días. A
falta de pronunciamiento en dicho plazo regirá la
proposición del Vicepresidente.
4.- Pronunciarse sobre el encasillamiento a que se
refiere el artículo 10°, letra l), dentro del plazo de
quince días; de lo contrario, se aplicará la norma del
número anterior.
5.- Fijar el monto de las asignaciones y viáticos
propuestos por el Vicepresidente Ejecutivo, de acuerdo con
el reglamento respectivo, previo visto bueno del Ministerio
de Hacienda.
Acordar la creación y supresión de departamentos,
subdepartamentos o agencias a propuesta del Vicepresidente.
7.- Acordar el reparto de utilidades a que se refiere el
artículo 10°, letra n).
8.- Las proposiciones presentadas por el Vicepresidente
Ejecutivo en conformidad con los números 3, 4, 6 y 7 de
este artículo deberán contar con el informe previo del
Comité de Empresa, en la forma que señala la letra u) del
artículo 10°.
9.- El Consejo podrá delegar parte de sus facultades en
la comisión de consejeros o en el Vicepresidente de la
Empresa.
10.- Rechazar a propuesta del Vicepresidente Ejecutivo
los seguros a que se refiere el presente estatuto orgánico,
cuando a su juicio el riesgo ofrecido carezca de condiciones
de asegurabilidad necesarias.
11.- Solicitar al Fiscal los dictámenes legales que
estime convenientes.
12.- Aprobar los reglamentos que dicte el Vicepresidente
Ejecutivo en conformidad a lo dispuesto en la letra w) del
artículo 10°.
Con acuerdo del Consejo podrán asistir las personas
invitadas por el Vicepresidente Ejecutivo cuando sea
necesario que informen sobre materias que se traten en su
oportunidad.