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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 7

Refunde impuestos que afectan a los articulos de tocador

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3743 · idParte: 8458556

Texto oficial

Artículo 8°.- Derógase la letra d) del inciso 3°. del artículo 1°. de la ley N°. 12.120.