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Artículo 58 (DEL ART 1) del Decreto Con Fuerza de Ley 8

Aprueba estatuto orgánico del servicio de aduanas y modifica ordenanza general de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3771 / 8461444.

Texto oficial

Art. 58°.- Para proveer los empleos de la Planta Administrativa se requerirá: 1°) Haber rendido el curso completo de Humanidades o haber egresado del Instituto Comercial Superior del Estado o de otro Establecimiento calificado por el Superintendente, comprobándolo con los certificados competentes. Se considerará como antecedente para el concurso el hecho de ser egresado de la Escuela de Ciencias Políticas y Administrativas de la Universidad de Chile. 2°) Edad no inferior a 18 años.