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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 8

Aprueba estatuto orgánico del servicio de aduanas y modifica ordenanza general de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3771 / 8461473.

Texto oficial

Artículo 4°.- Introdúcense al texto vigente del DFL. N° 213, de 22 de julio de 1953, sobre Ordenanza General de Aduanas las siguientes modificaciones: a) En el artículo 87, después de la palabra "nave", intercálese la frase "o aeronave"; b) En el artículo 91, inciso 2°, intercálase después de la palabra "nave", la palabra "aeronave", precedida de una coma; c) En los artículos, 107°, 108, 109 y 125, inciso 1°, después de la palabra "naves", intercálase la palabra "aeronaves", precedida de una coma; y d) En el artículo 111°, intercálese después de la palabra "nave", la frase "aeronave u otro vehículo", precedida de una coma.