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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 8

Establece regimen de remuneraciones y la planta del personal del servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3777 / 8458591.

Texto oficial

Artículo 5°.- El régimen de remuneraciones establecido en el presente decreto con fuerza de ley incluye las asignaciones contempladas en las siguientes disposiciones legales: artículo 76° del D.F.L. N° 338, de 1960, artículo 6° del decreto ley N° 249, de 1974; artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974; artículo 3° del decreto ley N° 773, de 1974; artículo 10° del decreto ley N° 924, de 1975; decreto ley N° 1.166, de 1975; artículo 7° del decreto ley N° 1.607, de 1976; artículo 6° del decreto ley N° 1.770, de 1977; y artículos 1°, 3° y 11° del decreto ley N° 2.411, de 1978. No se aplicarán al Servicio de Impuestos Internos las normas contenidas en el decreto ley N° 249, de 1974, con excepción de las establecidas en los artículos; 7°, 8°, 9°, 16°, 21°, 23° y 28°, en lo que sean compatibles con las disposiciones contenidas en el D.F.L. N°7, de 1980, de Hacienda, y en el presente texto legal.