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Artículo 5 de Resolución S/N

Aprueba reglamento general de academia judicial

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 37784 · idParte: 7200640

Texto oficial

Art. 5°: Si antes de expirar el período respectivo, se produjere la vacancia de alguno de los cargos de los Consejeros elegidos o designados, el Consejo comunicará este hecho a la autoridad pertinente para que proceda a la respectiva elección o designación.