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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 10

Crea la empresa de correos de chile, dispone la constitución de telex chile comunicaciones telegraficas s.a. y pone termino a la existencia legal del servicio de correos y telegrafos a contar de la fecha que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3837 / 8626593.

Texto oficial

ARTICULO 9° Corresponderá al Directorio dirigir y administrar la Empresa con las más amplias facultades pudiendo disponer la celebración de todos los actos y contratos que se requieran para la buena marcha de ésta. A este efecto, y sin que importe limitación alguna, además de las facultades ordinarias de administración, el Directorio podrá: a) Adquirir, enajenar, gravar, dar en arrendamiento, LEY 18518 o concesión bienes muebles e inmuebles, corporales e Art. 8° incorporales. Para enajenar y gravar bienes inmuebles, se requerirá autorización previa del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; b) Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Empresa; c) Resolver y convenir la contratación de préstamos y créditos de acuerdo a la legislación vigente; d) Aprobar y publicar en el Diario Oficial el Balance de la Empresa y examinar sus cuentas; e) Establecer la organización y estructura de la Empresa, determinar los empleos necesarios y sus niveles jerárquicos; f) Dictar los reglamentos internos de la Empresa; g) Aprobar el establecimiento de oficinas y agencias postales y suprimirlas; h) Acordar la celebración de actos y contratos con instituciones, entidades y organismos nacionales, extranjeros o internacionales, públicos o privados; i) Delegar parte de sus facultades, para objetos determinados, en uno o más miembros del Directorio, en su Presidente, en el Gerente General o determinados funcionarios o comités, y j) Conferir mandato para uno o más asuntos determinados a trabajadores de la Empresa o personas extrañas a ella,