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Artículo 19 del Decreto Con Fuerza de Ley 10

Crea la empresa de correos de chile, dispone la constitución de telex chile comunicaciones telegraficas s.a. y pone termino a la existencia legal del servicio de correos y telegrafos a contar de la fecha que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3837 / 8626606.

Texto oficial

ARTICULO 19° La sociedad "TELEX CHILE Comunicaciones Telegráficas S.A.", continuará proporcionando sin interrupción los servicios de telegrafía y télex con los sistemas, derechos, servidumbre, autorizaciones y demás medios que, a la fecha del presente decreto con fuerza de ley, ha establecido para su desarrollo y operación el Servicio de Correos y Telégrafos. Con todo, la sociedad deberá solicitar dentro del plazo de 18 meses contado desde la fecha del presente decreto con fuerza de ley, las concesiones de servicio público internacional de télex y telegrafía. La sociedad deberá solicitar la aprobación de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, respecto de todas las obras que realice en relación al servicio público nacional de télex y telegrafía.