Establece normas sobre constitucion, funcionamiento y administración de cooperativas de reforma agraria; deja sin efecto la ley 15.020 y los decretos con fuerza de ley r.r.a. 11 y 20, de 1963, en lo que sean contrarios a las disposiciones de este decreto con fuerza de ley
Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3873 / 8866440.
Texto oficial
Artículo 57.- Corresponderá a la Asamblea aprobar
anualmente la forma de participación de los socios y sus
familias en los excedentes que corresponderán por cada día
trabajado en las distintas labores de la cooperativa, como
asimismo las modificaciones que pueda proponer el Consejo
durante el desarrollo del ejercicio anual.