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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 13

Establece normas sobre cooperativas campesinas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3894 / 7115048.

Texto oficial

Artículo 20°.- La Asamblea General Ordinaria se realizará una vez al año, en la época que determinen sus Estatutos y en ellas se analizará la actividad cooperativa del ejercicio y todas las materias que sean de interés para su desarrollo.