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Artículo 47 del Decreto Con Fuerza de Ley 13

Establece normas sobre cooperativas campesinas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3894 / 7115079.

Texto oficial

Artículo 47°.- El Balance General e Inventario se confeccionarán al 30 de Junio de cada año y su presentación deberá efectuarse de tal manera que todos los socios puedan darse fácil cuenta de la situación financiera de la cooperativa, de su patrimonio y de los resultados.