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Artículo 53 del Decreto Con Fuerza de Ley 13

Establece normas sobre cooperativas campesinas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3894 / 7115085.

Texto oficial

Artículo 53°.- En todo lo no previsto por el presente decreto con fuerza de ley, serán aplicables a las Cooperativas Campesinas las disposiciones de carácter general y especial que se contienen en el decreto R.R.A. N° 20, de 5 de Abril de 1963.