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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 14

Fija el estatuto de organizacion y atribuciones del instituto de normalizacion previsional

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3919 · idParte: 9032503

Texto oficial

Artículo 12°- Corresponde a la Fiscalía: 1) Velar por la legalidad de los actos que ejecute el Instituto; 2) Estudiar, analizar y resolver todas las materias jurídicas que competen al Instituto. 3) Participar en los estudios y colaborar en la formulación de las proposiciones que haga el Instituto al Gobierno para los fines previstos en el artículo 3 N° 1. El Fiscal deberá asistir a las sesiones del Consejo y asesorarlo en las materias legales que se debatan en él.