Texto oficial
Artículo 12°- Corresponde a la Fiscalía:
1) Velar por la legalidad de los actos que ejecute el
Instituto;
2) Estudiar, analizar y resolver todas las materias
jurídicas que competen al Instituto.
3) Participar en los estudios y colaborar en la
formulación de las proposiciones que haga el Instituto al
Gobierno para los fines previstos en el artículo 3 N° 1.
El Fiscal deberá asistir a las sesiones del Consejo y
asesorarlo en las materias legales que se debatan en él.