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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 15

Concesion, venta y arrendamiento de tierras fiscales en la provincia de aisen y en el departamento de palena.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3933 · idParte: 8974176

Texto oficial

Art. 5°- La Corporación podrá sesionar con tres de sus miembros a lo menos, y sus acuerdos se adoptarán por mayoría de votos. En caso de empate, la resolución respectiva quedará para la sesión siguiente. Si en ésta se repitiera el empate, decidirá el voto de quien presida la sesión.