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Artículo 48 del Decreto Con Fuerza de Ley 15

Concesion, venta y arrendamiento de tierras fiscales en la provincia de aisen y en el departamento de palena.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3933 · idParte: 8974223

Texto oficial

Artículo 48.- No regirán las disposiciones contenidas en el D.F.L. N° 340 de 1960, en lo que fueren contrarias al presente decreto, sin perjuicio de la supervigilancia que, por razones de carácter técnico o estratégico, corresponden al Ministerio de Defensa Nacional y reparticiones navales de su dependencia sobre las playas de la provincia de Aisén y departamento de Palena.