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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 15

Modifica leyes de control aplicables por el ministerio de agricultura, establece normas sobre actividades apicolas y sanciona la explotacion ilegal de maderas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3935 / 8591081.

Texto oficial

Artículo 10°- De las actuaciones realizadas con motivo de la retención de maderas, conforme a las normas del presente decreto con fuerza de ley, no emanará responsabilidad alguna para los funcionarios que intervengan, a menos que se compruebe abuso o negligencia grave.